El Gobierno modificó por decreto la Ley 25.871: crea nuevas categorías de residencia, facilita las deportaciones, endurece los requisitos para acceder a la ciudadanía y permite que el sistema de salud y las universidades estatales cobren aranceles a quienes no tengan residencia permanente.
El Gobierno publicó este jueves en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, que introduce la reforma migratoria más profunda desde 2004. El texto altera la ley 25.871, endurece el acceso a la residencia permanente y a la ciudadanía, y habilita el cobro de aranceles a los extranjeros en hospitales y universidades estatales, salvo en casos de emergencia o cuando medien convenios internacionales.
Tres niveles de residencia y “precaria” de 90 días.
La norma define tres categorías –residente permanente, temporario y transitorio– y otorga a la Dirección Nacional de Migraciones facultades para cambiar de oficio la calificación. Quien tramite una admisión podrá recibir una “residencia precaria” de hasta 90 días, prorrogable, que le permite trabajar y estudiar mientras se resuelve su caso, pero no contará para acreditar arraigo ni generará un derecho automático a la radicación definitiva.
Para la residencia permanente será obligatorio acreditar medios económicos suficientes y carecer de antecedentes penales. El decreto mantiene la reunificación familiar, aunque limita la residencia “por vínculo” a un máximo de tres años, prorrogable.
Arancelamiento en salud pública.
A los extranjeros con residencia permanente se les garantiza la atención sanitaria en las mismas condiciones que a los ciudadanos argentinos. Para los demás, los hospitales nacionales podrán exigir seguro médico o el pago previo de la prestación, salvo en emergencias, donde la asistencia será obligatoria y gratuita.
Universidades estatales: gratuidad sólo para residentes permanentes.
Los estudios de grado seguirán siendo gratuitos para argentinos nativos y para extranjeros con residencia permanente. Las universidades de gestión estatal podrán fijar aranceles para estudiantes sin esa categoría, aunque el decreto aclara que esas personas podrán acceder a becas en el marco de convenios bilaterales o programas institucionales.
Endurecimiento de deportaciones y ciudadanía.
El DNU refuerza las causales de expulsión –sobre todo en casos de delitos– y acorta plazos procesales. Además, elimina el cómputo automático de “residencia precaria” como prueba de arraigo para solicitar la ciudadanía por naturalización.
Garantías mínimas.
Pese al giro restrictivo, el decreto ratifica que ningún extranjero, aun irregular, podrá ser discriminado en el acceso a la educación inicial, primaria o secundaria, y que la atención social básica y la asistencia de urgencia en salud seguirán siendo gratuitas.
Con la publicación del DNU, la reforma entra en vigencia inmediata, aunque el Congreso podrá revisarla cuando se reúna para tratar la legislación delegada. Organizaciones de derechos humanos anticiparon que presentarán recursos judiciales para frenar los artículos que, según sostienen, “mercantilizan” derechos esenciales y discriminan a los migrantes.